En cumplimiento con las leyes Estatales y Federales, la Universidad Interamericana tiene como política proveer igualdad de oportunidades educativas y orientar la participación completa en la vida universitaria a las personas con impedimentos. Toda persona cualificada podrá participar en los programas y actividades de la universidad y recibirá los beneficios necesarios sin ser discriminada.
Cada Recinto de la Universidad Interamericana cuenta con un consejero profesional que atiende a los estudiantes con impedimentos. El estudiante debe ponerse en contacto con su recinto.
DEFINICIONES
Es importante que el estudiante esté consciente de las siguientes definiciones para determinar su servicio.
Persona con Impedimento: De acuerdo con la American with Disabilities Act (ADA), una persona con impedimento es aquella que tiene una condición física o mental que lo limita sustancialmente en una o más de las actividades mayores o principales de la vida.
El estudiante debe completar la solicitud de acomodo razonable y entregar antes de las primeras dos semanas de clases, de cada sesión académica.
Este documento normativo establece las normas y procedimientos para atender las solicitudes de modificaciones razonables de los estudiantes. En los apéndices del documento se encuentra la solicitud e información que se le solicita al estudiante. El estudiante tiene la oportunidad de completar la información en el mismo documento y enviarla por correo electrónico al consejero del recinto donde esté matriculado.
Proveer información médica, psicológica, psicoeducativa o neurológica apropiada, indicando sus discapacidades y la modificación recomendada. No mayor de tres años de haber sido realizada.
Proveer autorización escrita para permitir al CSED pueda discutir su necesidad de modificación razonable, servicios suplementarios con las fuentes profesionales.