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Derechos de Matrícula, Cuotas y Otros Cargos Optometría
Firma

Enmendado 25/jun/2024

A:                        Estudiantes

DE:                      Orlando González, Vicepresidente de Gerencia, Finanzas y Servicios Sistémicos

ASUNTO:            INFORMACIÓN SOBRE COSTOS DE MATRÍCULA PARA EL AÑO ACADÉMICO 2024-2025

La Universidad Interamericana de Puerto Rico provee a sus estudiantes este Boletín Informativo sobre los Costos en Derechos de Matrícula, Cuotas y Otros Cargos vigentes, según aprobados por la Junta de Síndicos de esta Institución.  Se incluye, además, información general con relación a las Normas de Pago de Matrícula y Cuotas, Arreglos de Pago Diferido y Ajustes y Reembolsos cuando el estudiante se da de baja luego de haber pagado.

El año académico consiste de dos (2) semestres regulares y clínicas durante la sesión de verano.  El Programa de Salud Pública se ofrece por trimestres.

I. SOLICITUD DE ADMISIÓN

Programa de Maestría en Salud Pública

-con la solicitud

$ 31.00

II. DERECHOS DE MATRÍCULA

Programa regular, primer año

   

Residente PR

-annual (dos semestres y junio)

$ 30,500.00

No Residente

-annual (dos semestres y junio)

31,500.00

Programa regular, segundo año

-annual (dos semestres)

30,000.00

Programa regular, tercer año

-annual (dos semestres y julio)

29,500.00

Programa regular, cuartor año

-annual (dos semestres)

29,000.00

Verano y Estudiantes Especiales

-por hora crédito

1,500.00

Graduado – Programa de Maestría en Salud Pública                              

-por hora crédito

227.00

Oyentes

-50% del costo regular por crédito de estudiantes especiales

III. CUOTAS

 

Semestre

Trimestre

Verano

Cuotas Generales

$ 100.00

$ 60.00

$ 50.00

Actividades Estudiantiles y Consejo

62.00

42.00

N/A

Centro de Acceso a la Información

40.00

27.00

12.00

Infraestructura

100.00

67.00

55.00

Construcción, Mejoras y Mantenimiento

63.00

44.00

31.00

Bienes y Servicios

55.00

37.00

28.00

IV. OTROS CARGOS

Certificaciones de Estudios

-por cada solicitud

$ 2.00

Matrícula Tardía (No aplica durante el período del 1 de julio al 31 de diciembre de 2024)

-al momento de la matrícula

50.00

Bajas o cambios en cursos, Total o Parcial *

-al momento del cambio o baja

6.00

Adiciones de cursos o cambios de un curso por otro

-al momento del cambio

6.00

Arreglos para Pagos Diferidos

-con el arreglo

6.00

Pago Tardío al Plazo Diferido (No aplica durante el período del 1 de julio al 31 de diciembre de 2024)

-al ocurrir la tardanza

$ 25.00 por cada plazo

Cargo hecho por UIPR o compañía contratada por ésta para el procesamiento de pago con cheque

-por cheque devuelto

26.00

Examen Final Tardío

-por examen

19.00

Remoción de Incompleto y trabajos académicos relacionados

-al momento de la solicitud, por curso

19.00

Laboratorios

-por curso que lo requiera

38.00

Cuota de Clínica

-por curso que lo requiera, 1er. y 2do. año

38.00

-por curso que lo requiera, 3er. y 4to. año

200.00

Cuota de Acceso, Tránsito y Estacionamiento de Vehículos

-por semestre, hasta un máximo de

30.00

-por sesión de verano, hasta un máximo de

N/A

Reemplazo de Tarjeta de Identificación

-al momento de solicitarla

7.00

Cuota Evaluación Académica

-al momento de solicitarla

10.00

Graduación – Programa de Optometría

-con la solicitud

200.00

Graduación – Programa de Maestría en Salud Púbica

-con la solicitud

$ 150.00

Transcripción de Créditos

-por cada copia solicitada

                   6.00

Transcripción de Créditos Electrónica

-por cada copia solicitada

               10.00

V. HOSPEDAJE

Costo por habitación

-por el semestre

$ 3,500.00

 

-por el trimestre

2,100.00

 

-por sesión de verano

700.00

Costo de admisión

-con la solicitud

25.00

Los contratos se firman por un período de cinco (5) meses, a una tarifa de $700.00 por mes.

Reembolso: Si, por alguna razón, el estudiante abandona la residencia antes de finalizar el contrato firmado, no se reembolsarán el mes corriente y el siguiente.

VI. CAMBIOS EN LOS CARGOS Y EN LAS CUOTAS

La Universidad se reserva el derecho de revisar cargos y cuotas siempre que:

  1. Haya un aumento en los Gastos Educativos y Generales y/o Transferencias Mandatorias
  2. Las proyecciones presupuestarias indiquen un posible aumento en estos gastos
  3. Después de un cuidadoso análisis de cualquier situación especial, la administración de la Universidad entienda que los cambios en los cargos y cuotas son razonables y justificados

VII.  PAGARÉ ÚNICO

  1. El Pagaré Único es el documento que garantiza el cobro de deudas contraídas con la Universidad Interamericana de Puerto Rico.
  2. Todo estudiante bonafide matriculado en la Universidad, deberá completar y someter el Pagaré Único en la Oficina de Recaudaciones de su unidad académica.
  3. Estudiantes menores de 21 años deben firmar el Pagaré Único junto con su padre, madre o encargado. Estudiantes mayores de 21 años están autorizados a firmar el Pagaré Único sin el consentimiento de su padre, madre o encargado.

VIII.  PAGOS

El pago por Derechos de Matrícula y otros cargos relacionados, vence y es pagadero en su totalidad al momento de la matrícula.

La diferencia entre el costo total de la matrícula, cuotas, otros cargos y el monto de la asistencia económica que un estudiante reciba (excepto, bajo el Programa de Estudio y Trabajo), es pagadera al momento de la matrícula.

Los pagos pueden hacerse mediante giros, cheques (librados a favor de la Universidad Interamericana de Puerto Rico), en efectivo, tarjetas de crédito (MasterCard, VISA, American Express o Discover) y la tarjeta de débito ATH.

También se puede pagar por el WEB mediante el uso de tarjetas de crédito (MasterCard y VISA).

IX. ARREGLOS DE PAGOS DIFERIDOS

Para la matrícula de los términos académicos que comienzan entre el 1ero de julio al 31 de diciembre 2024, la Universidad Interamericana permitirá a los estudiantes oficializar su matrícula tardía sin cargos por demora.  Además, se flexibilizan los planes de pago y el proceso de prórroga.

  1. Al momento de solicitar prórroga, se solicitará un adelanto del 15% del costo de la matrícula a estudiantes que no utilizan ayuda económica para pagar sus estudios.
  2. Para estudiantes que completaron la FAFSA 2024-2025 y la universidad recibió un ISIR (Récord Institucional de Información Estudiantil) válido, con elegibilidad a ayudas económicas de Título IV, podrá acogerse a prórroga sin pagar el adelanto del 15% del costo de la matrícula.
  3. Al momento de establecer un plan de pago, se otorgará una moratoria automática de 10 días en cada plazo.
  4. Queda sin efecto el pago de cargo por plazos vencidos en los planes de pago ($25.00).

A partir del 1 de enero del 2025 la Universidad otorga a los estudiantes el privilegio de diferirles el setenta y cinco por ciento (75%) del costo total de la matrícula del semestre o trimestre mediante la firma del documento de Prórroga Pagaré Único.  Para ser elegible a la concesión de prórroga, el estudiante deberá haber saldado cualquier deuda de términos académicos anteriores.  No obstante, en ningún caso el total a prorrogarse excederá el balance adeudado luego de descontadas las ayudas económicas y préstamos.

El ejecutivo principal de la unidad podrá, en casos excepcionales, aumentar este por ciento si así lo entiende conveniente para la Institución, luego de un análisis que le permita concluir que hay razonable certeza de cobrar la deuda.

El pago diferido del costo total de la matrícula, cuotas y otros cargos del semestre vence setenta y cinco (75) días después del primer día de clases, y el del trimestre después de cuarenta y cinco (45) días.  Es pagadero en un máximo de tres (3) plazos iguales en el caso del semestre y en dos (2) plazos en el caso del trimestre.

La concesión de la prórroga conllevará una cuota para cubrir parte de los gastos administrativos por este servicio.  Habrá un cargo de $25.00 por plazo no satisfecho a la fecha de su vencimiento.

Cada estudiante es responsable de enterarse y saber cuándo vencen los pagos y de tomar las medidas pertinentes para satisfacerlos.

NO HABRÁ PLAN DE PAGO DIFERIDO DURANTE LAS SESIONES DE VERANO, excepto por autorización expresa del Vicepresidente de Gerencia, Finanzas y Servicios Sistémicos.  Dicha prórroga deberá satisfacerse dentro de treinta (30) días, a partir del último día de clases de la sesión de verano en la que se otorga la ayuda.

X. AJUSTES Y REEMBOLSOS

BAJA PARCIAL

Por Semestre y Trimestre

100% del costo de los créditos y cuotas de laboratorio (sin incluir otras cuotas) que deje antes de comenzar las clases.

75% del costo de los créditos y cuotas de laboratorio (sin incluir otras cuotas) que deje durante el primer a tercer día de clases.

50% del costo de los créditos y cuotas de laboratorio (sin incluir otras cuotas) que deje durante el cuarto y quinto día de clases.

NO HABRÁ REEMBOLSO DESPUÉS DEL QUINTO DÍA DE CLASES.

Estos ajustes serán aplicables a los estudiantes que paguen el costo total de su matrícula en EFECTIVO.

LAS CUOTAS Y OTROS CARGOS NO SON REEMBOLSABLES DESPUÉS DEL COMIENZO DE CLASES.

Por Sesión de Verano

100% del costo de los créditos y cuotas de laboratorio (sin incluir otras cuotas) que deje antes de comenzar las clases.

75% del costo de los créditos y cuotas de laboratorio (sin incluir otras cuotas) que deje durante el primer y segundo día de clases.

50% del costo de los créditos y cuotas de laboratorio (sin incluir otras cuotas) que deje durante el tercer y cuarto día de clases.

NO HABRÁ REEMBOLSO DESPUÉS DEL CUARTO DÍA DE CLASES.

Estos ajustes serán aplicables a los estudiantes que paguen el costo total de su matrícula en EFECTIVO.

LAS CUOTAS Y OTROS CARGOS NO SON REEMBOLSABLES DESPUÉS DEL COMIENZO DE CLASES.

XI. LICENCIAS Y BAJAS MILITARES

A. Reembolsos por baja total:

  1. Si un estudiante es llamado al servicio activo, o es activado debido a una emergencia nacional, y presenta evidencia oficial a tal efecto, se harán todos los esfuerzos posibles para asegurar que el estudiante pueda beneficiarse de los diferentes tipos de programas de estudio disponibles para evitar darse de baja de sus cursos.  Las bajas deben ser la última alternativa.
  2. En el caso de bajas totales, el reembolso se hará de acuerdo con las disposiciones del Título IV y Asistencia Militar de Matrícula (TA).

El itinerario para la devolución de los fondos de asistencia militar no devengados se basa en un cálculo diario proporcional de hasta el sesenta por ciento (60%).  Para calcular el reembolso al gobierno, la universidad utiliza una fórmula diaria en la que:

(Número de días completados) / (Total de días del término académico*) = Porcentaje (%) ganado

Se calculará un reembolso si el porcentaje es menor al sesenta por ciento (60%).

A continuación, se muestra un ejemplo del cálculo:

Término académico

Total de días

Días devengados

Porciento no devengado

Comentario

Semestre

111

66

40%

60% del curso completado

Trimestre

90

54

40%

60% del curso completado

Bimestre

65

39

40%

60% del curso completado

Intensivo

11

7

40%

60% del curso completado

Verano

21

13

40%

60% del curso completado

B. Reembolso por Curso – Política de devolución de asistencia militar:

Si un miembro del servicio que utiliza asistencia militar para la matrícula se da de baja de un curso antes de completar el sesenta por ciento (60%) del período de estudio, la institución calculará la cantidad de la asistencia militar para la matrícula que el estudiante no ganó y devolverá estos fondos al servicio militar correspondiente.  La cantidad de asistencia militar no ganada es igual a la diferencia entre la asistencia militar de matrícula que se distribuyó y la cantidad de asistencia que se ganó.  Este cálculo de asistencia militar ganado se basa en un porcentaje de los días calendario completados dividido por el total de días calendario en el período de inscripción.  No hay devolución para estudiantes que se den de baja después del sesenta por ciento (60%) del término académico.

La fórmula es:

(Número de días completados) / (Total de días del término académico*) = Porcentaje (%) ganado

* Desde la fecha de inicio del término hasta la de finalización.